Subsidio a contratos de arrendamiento por MINVU
- 25 de julio de 2020
- jirafadigitalspa
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Con fecha 14 de julio de 2020, se abrió el llamado especial al subsidio de arriendo y con fecha 21 de julio de 2020 dió a conocer que este subsidio aplica a arriendos de hasta $600.000 pesos, respecto de familias en situación de vulnerabilidad.
Este subsidio tiene una cobertura del 70%, quedando al arrendatario un copago del 30%.
Este beneficio es sólo por 3 meses, debiendo postularse al mismo en la página web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo www.minvu.cl hasta el 24 de agosto de 2020. Para la postulación, se debe contar con clave única.
El beneficio será pagado, en el caso de que haya sido otorgado al beneficiario, al décimo día hábil de Agosto de 2020, respecto de quienes hayan sido seleccionados en el mes de julio de 2020.
En total se entregarán 100.000 aportes de este tipo de arriendos.
Para obtener el beneficio se deben de cumplir con los siguientes requisitos
En caso de ser trabajador dependiente
– Finiquito, en caso de estar cesante.
– Comprobante de pago de seguro de cesantía o una copia del Contrato de Trabajo, donde acredite una baja de los ingresos de al menos 30%.
En caso de ser trabajador independiente
– Se debe contar con las últimas 6 boletas de honorarios emitidas. Se debe de sacar un informe en la página web del SII con esta información.
Tanto dependientes como independientes deben presentar contrato de arriendo autorizado ante notario.
En caso de que no se cuente con contrato de arrendamiento legalizado, se puede suscribir la declaración jurada que se obtiene de la misma página web del MINVU, mediante el cual las partes declaran acerca de la veracidad del contrato de arriendo. Además el arrendador debe manifestar que es dueño de la propiedad, que cuenta con recepción municipal y que no se encuentra sujeta a embargo.
Importante que este beneficio es para quienes hayan celebrado contrato de arriendo con fecha hasta el 31 de mayo de 2020, posterior a esa fecha, no hay beneficio.
No pueden postular quienes sean dueños de una propiedad.
El subsidio lo paga el MINVU, en la cuenta que haya quedado registrada en la postulación.